Ofenderse, de John Maxwell Coetzee (parte 2 de 2)

John Maxwell Coetzee
LA PORNOGRAFÍA

Los conservadores y sus críticos

En cuestiones referentes a la pornografía y, en general, a las sanciones legales en el ámbito moral, hay una gama de posiciones que a grandes rasgos pueden llamarse conservadoras. La más extremas de ellas es que, como la moralidad constituye un valor en sí misma, está justificada toda medida que sea necesario adoptar contra la inmoralidad en cualquiera de sus manifestaciones. Una posición más moderada sostendría que,  dado que una moralidad compartida --sea o no una moralidad intrínsecamente admirable-- es lo que mantiene unida a la sociedad, las  infracciones de la moralidad constituyen una ofensa contra la sociedad en su conjunto, y la sociedad tiene derecho a defenderse de ellas, cuando dichas infracciones suscitan un elevado grado de intolerancia, indignación y asco por parte de la opinión pública, la ley tiene la obligación positiva de responder. Esta tesis moderada no se considera a sí misma parte de la moralidad compartida, sino que se plantea como un principio autónomo y justificable racionalmente. 
Cuando se aplica a las artes, el principio de la soberanía del principio moral --o, en términos más moderados, del consenso moral-- hace recaer sobre el artista y los editores o distribuidores de su obra la responsabilidad de evitar ofender. Para H. L. A. Hart, como crítico liberal del conservadurismo, esa atribución de responsabilidad es injusta: al aceptar el papel de custos morum,* sostiene, los tribunales sacrifican el principio esencial de la legalidad que exige que los delitos estén definidos de la manera más precisa posible, "de modo que pueda saberse de antemano y con una razonable certeza qué actos delictivos y cuáles no". Al adoptar esta posición, Hart reitera la oposición de los Mill, padre e hijo, a la tiranía de la moralidad popular. James Mill había diferenciado entre las acciones verdaderamente perjudiciales, la desaprobación pública de las cuales está justificada, y las acciones que simplemente suscitan "antipatías infundadas".
En la posición conservadora moderada --una posición que opta por relacionar con el jurista británico Patrick Devlin--, Ronald Dworkin distingue dos argumentos. El primero es que, cuando el sentimiento de la opinión pública alcanza la intolerancia, la indignación y el asco, la sociedad tiene derecho a protegerse imponiendo  sus principios. Dado que, según este argumento, para invocar a la ley no hace falta otra cosa que la "vehemente desaprobación pública" (la "antipatía infundada" de Mill), en opinión de Dworkin dicho argumento no tiene en absoluto la condición de argumento moral. La segunda línea es que toda sociedad tiene derecho a proteger sus instituciones sociales centrales, es decir, que como cuestión de principio democrático los legisladores han de seguir todo "consenso de posición moral" que impere en la comunidad en general. En este aspecto, arguye Dworkin, conservadores como Devlin utilizan la moralidad y la noción de posición moral en un sentido meramente "antropológico": no es preciso que el consenso al que se apela tenga una base propiamente moral, sino que puede ser una mezcla de "prejuicios... racionalización... y aversión personal (que no respeta ninguna convicción sino simplemente un odio ciego...)".
Ello no equivale a sostener --recalca Dworkin-- que el legislador tenga que ignorar los sentimientos de la comunidad. Ahora bien, a menos que el consenso al que atienda sea de "convicción moral" y no de "posición moral", el legislador que se adhiera al mismo actuará de manera simplemente estratégica y no sobre la base del principio moral. Además, la convicción moral no sólo debe afirmarse, sino también demostrarse, por ejemplo, en forma de "razones o argumentos morales que el miembro medio de la sociedad pueda plantear de manera sincera y coherente".
Aquí cabría preguntar dubitativamente: si no podemos estar seguros de lo que nosotros mismos creemos sinceramente, ¿cómo podemos saber lo que otras personas creen sinceramente? Si enmarcamos históricamente o deconstruimos la noción de sinceridad de cualquiera, incluida la nuestra, es una máscara para el interés personal. La conclusión parece ineludible: aunque sólo sea para evitar la anarquía del escepticismos generalizado, cuando la gente dice que cree algo tenemos que aceptar que lo cree, o por lo menos responder como si así fuera, con independencia de las reservas privadas que podamos albergar. 

*Literalmente, "guardián de costumbres". El término se emplea en el derecho británico. 


Criterios liberales

Para John Stuart Mill, no es la sociedad la que requiere protección contra el individuo que se aparta de la norma; por el contrario, lo que hay que proteger son los derechos del individuo, no sólo frente a "la tiranía del magistrado", sino también contra "la tiranía de la opinión y el sentimiento dominantes", es decir, la tendencia a la sociedad a imponer sus propias ideas y prácticas como reglas de conducta para todos. El tema recurrente de Sobre la libertad es que "el único fin en aras del cual lo seres humanos, individual o colectivamente, tienen justificación para inmiscuirse en la libertad de acción de cualquiera de sus semejantes es la protección de sí mismos". Nunca puede justificarse la intervención en nombre de la salvaguarda del bienestar moral del individuo. El Estado debería ser neutral en el terreno de la moral, sin promover lo moralmente admirable ni sancionar lo moralmente deplorable, siempre que nadie resulte perjudicado.
¿Podemos definir daños sancionables, y de ese modo especificar en qué circunstancias la sociedad puede tener justificación para restringir la libertad de los individuos? En este aspecto Mill sigue a Jeremy Bentham: no debería considerarse sancionable ningún acto "que no tienda, de un modo u otro, a ser perjudicial para la comunidad". El posible perjuicio tiene que evaluarse mediante el cálculo de utilidad: "Una acción... puede calificarse de acorde con el principio de utilidad... cuando la tendencia que tiene a aumentar la felicidad de la comunidad es mayor que cualquiera que tienda a reducirla". En cuanto al propio principio de utilidad, "ni requiere ni admite ningún otro regulador que él mismo""; está fuera del sistema.
En ocasiones, las personas sienten o aseguran sentir disgusto ante lo que consideran inmoralidad o depravación de las acciones de otros, aun cuando dichas acciones no les afecten de manera directa e inequívoca. Las acciones que causan sólo un disgusto moral de esa clase (que llega a convertirse en indignación moral, según las palabras de Devlin), ¿reducen la felicidad y por lo tanto se deben considerar daños sancionables, de acuerdo con la opinión de Mill? ¿Habría que establecer alguna distinción entre acciones de esta clase y acciones que causan o cabe afirmar que causan "desorientaciones o discapacidades duraderas o permanentes" y por ello son dañinas de manera más demostrable?
Mill no afronta directamente esa pregunta. Como señala Jeremy Waldron, Mill tiende a identificar la obediencia a los criterios públicos dominantes con el estancamiento, y la acción basada en convicción personal con el progreso: este es el punto en que confluyen la ética romántica del autodesarrollo de Mill y su evolucionismo histórico. "La contienda entre la moralidad que apela a un criterio externo y la que se basa en la convicción interna --dice Mill--, es la contienda de la moralidad progresista contra la estática, de la razón y la argumentación contra la deificación de la simple opinión y el simple hábito". Así, en una visión más amplia, según sugiere Waldron , el disgusto moral es para Mill "incluso un rasgo positivo de las acciones y estilos de vida que se apartan de la norma; la indignación y el trastorno que suscita la desviación son algo que en [una] sociedad libre hay que acoger favorablemente, alimentar y estimular". Waldron parafrasea a Mill como sigue: "Si... en la comunidad es detectable un disgusto moral generalizado , lejos de ser una razón para interferir, se trata de una señal positiva y saludable de que el proceso de confrontación ética ... se está produciendo realmente". Esta lectura sugiere que la interpretación del daño de Mill sería limitada en extremo, y desde luego no incluiría acciones que causaran disgusto o indignación, por más personalmente desorientadoras que fueran.
Para Mill, la libertad de expresión incluye la inmunidad frente a la censura, específicamente frente a la censura previa a la publicación, pero también la libertad frente a las presiones sociales, "la tiranía de la opinión y el sentimiento dominantes". Mill combina censura con  presiones sociales (a veces llamada "censura" en el sentido de la reprobación)  de un modo que soy reacio a seguir. La reprobación, como señala Frederick Schauer, no es, hablando estrictamente, una cuestión de libertad de expresión. La intolerancia social es de naturaleza distinta a las sanciones oficiales respaldadas por la fuerza de la ley: la gente tiene la alternativa de no seguir la ortodoxia.
La fe de Mill en el valor a largo plazo de la libertad de expresión es en gran medida la base del informe de la comisión dirigida por Bernard Williams en 1979, encargada de proponer reformas de la legislación británica sobre obscenidad y censura cinematográfica:

La idea más básica, a la cual Mill vinculaba el modelo del mercado, sigue siendo correcta y profunda: no sabemos por adelantada qué avances sociales, morales o intelectuales resultarán posibles, necesarios o deseables para los seres humanos y su futuro, y la libertad de expresión, intelectual y artística --algo que tal vez sea necesario fomentar y proteger, además de permitir-- es esencial para el desarrollo humano, entendido como proceso que no solamente se produce (de una u otra forma, se producirá de todos modos), sino que es comprendido racionalmente en la medida de lo posible. 

Ronald Dworkin define el enfoque aquí enunciado como "basado en objetivos" y no "basado en derechos". La posición adoptada por el Informe Williams es que, a largo plazo, para la sociedad es peor ejercer la censura que permitir la libre difusión de la pornografía. La cuestión no es que sería erróneo censurar la pornografía --con independencia de si es mala o no para la sociedad-- porque ello violaría los derechos de algunos individuos (incluidos, presumiblemente, quienes la producen y quienes la cosnumen). El informe respalda su posición con el llamado argumento de "la pendiente resbaladiza": en cualquier caso, sería difícil, si no imposible, idear una fórmula que separara fiablemente la basura de las obras con valores positivos compensatorios.
Del mismo modo que Mill es vago acerca de las razones por las cuales hemos de aprobar el progreso, el Informe Williams no define el objetivo en nombre del cual se opone a la censura de manera más detallada que llamándolo "desarrollo humano". Sin embargo, esa fe liberal por antonomasia  en que la libertad de expresión redundará a largo plazo en beneficio de las comunidades ha sido ampliamente cuestionada. Fuera cual fuese su valor liberador en tiempos de Mill, sugiere Herbert Marcuse, dicha fe ya no está justificada en el siglo XX, cuando los estados han desarrollado técnicas para usar la tolerancia con fines sutilmente represivos. Dworkin califica el argumento liberal para defender el valor primordial de la libertad de expresión de "sumamente problemático, especulativo y en cualquier caso marginal" (en el caso de la pronografía lo considera "no sólo especulativo y marginal, sino también inverosímil").


Términos

"Pornografía2 no es, por supuesto, una denominación neutral, sino un término de oprobio. Las personas que confeccionan libros y películas sexualmente explícitos niegan de manera sistemática que sus productos sean pornográficos. Para lo que me interesa obviaré esos desmentidos y aceptaré lo pornográfico como lo que la mayoría de los occidentales cultos y laicos, hombres y mujeres, consideran pornográfico. John Ellis señala el carácter omnívoro de la categoría de los pornográfico, un carácter omnívoro que es inútil condenar:

La etiqueta "pornografía" amenaza siempre con devorar cualquier representación sexual que alcance cierto grado de explicitud. No hay modo alguno de que cualquier representación --especialmente si comporta el uso de la fotografía-- pueda hacerse inmune contra dicha etiqueta. 

No podemos aspirar a un consenso sobre qué significa "lo pornográfico". En el terreno general definido por la industria de la pornografía y sus tentativas de autolegitimación, por los tribunales que hacen cumplir las leyes sobre la obscenidad, así como por instituciones que hacen valer sus propios criterios, y por lo que Ellis denomina "la movilización general de posiciones morales y filosóficas" en cualquier momento social particular, habrá siempre definiciones rivales que luchen por imponerse.
sin embargo, hay algunas distinciones terminológicas que vale la pena observar. Una de ellas es que lo obsceno y lo pornográfico no son correferenciales. Las escenas de evisceración, por ejemplo, tal vez sean obscenas, pero no pornográficas; mientras que, en la medida en que lo obsceno como variedad que es de lo ofensivo, comporta lo que Joel Feinberg llama "estados mentales desagradables", un sujeto no puede reaccionar con inequívoco placer ante la pornografía y al mismo tiempo calificarla de obscena.
La obscenidad tiene una clase particular de impacto en el sujeto ofendido: produce repugnancia, escándalo o asco (aunque, como señala Feinberg, paradójicamente los materiales obscenos pueden ser al mismo tiempo atrayentes). Dado que el ofendido suele experimentar resentimiento hacia el ofensor, inferimos que tras el acto obsceno se percibe una intencionalidad. Es posible, en efecto, que haya presente una intención: Max Scheler señala que detrás del acto obsceno hay un impulso constituyente que busca el sonido de la vergüenza o el  pudor de otras personas con el fin de violarlo en beneficio de sus propios fines. Por otra parte, es precisamente en el momento en que se detecta una intención de ofender detrás de cualquier acción que ofende que se abren las puertas de la paranoia.
Además, si bien una obscenidad es una ofensa, no es necesariamente un daño. En particular, una ofensa no es lo mismo que un daño de menor cuantía: una y otro son de naturaleza distinta. Para un jurista de la tradición de Mill, alguien que resulta ofendido, incluso "extremadamente" o "profundamente" ofendido, no sufre necesariamente daño por ello.


Criterio liberales: la crítica feminista

Bajo un régimen liberal, la posición legal de los pornógrafos y los consumidores de pornografía es bastante sólida. Se basa en tres principios que se sobreponen parcialmente: 1) Todas las personas sin excepción tienen derecho a la libertad de expresión. 2) Esta libertad no puede restringirse a menos que se pueda demostrar que su ejercicio implica un daño a los intereses de otros (y aquí el daño se interpreta de manera bastante limitada). 3) La pornografías es, de todos modos, una transacción privada entre productores y consumidores.
En años recientes, todos estos principios han sido cuestionados por críticos --y especialmente críticas feministas-- del liberalismo. En lo tocante al derecho de los pornógrafos a la libertad de expresión, se ha argumentado que, después de la teoría del acto de habla, cualquier distinción simple entre expresión y acción es insostenible: con su fuerza perlocutiva, las representaciones pornográficas, como los insultos públicos, se parecen más a  acciones que a expresiones, y por lo tanto no tienen derecho a protección per se.
Los principios 2) y 3), que establecen que la pornografía es un asunto privado, habitualmente entre hombres y hombres, que no causa ningún daño demostrable a nadie, se han visto rechazados por una serie de motivos. En primer lugar, se ha negado la validez de la distinción público/privado en su conjunto, y con ello la defensa de que la pornografía no tiene por qué inmiscuirse en el espacio privado de uno a menos que uno la deje entrar. en segundo lugar, algunas feministas han asegurado que hay un vínculo causal empíricamente verificable entre el consumo de pornografía y los actos violentos contra las mujeres. El argumento de que l pornografía sí causa daño también se presenta en forma ampliada, a saber, indicando que no sólo daña a las mujeres como grupo social, sino también a las costumbres de la sociedad en su conjunto (lo cual recuerda el argumento conservador según el cual el derecho de una sociedad a proteger  los principios que la estructuran está por encima de los derechos de los individuos).
También se han rechazado los principios 2) y 3) sobre la base de un argumento referido a la falsa conciencia: es muy posible que una mujer sostenga que la pornografía no le hace ningún daño, por ejemplo, tenga esa opinión porque ha interiorizado una versión de la sexualidad femenina construida por hombres. Así, quizá al negar el daño de la pornografía esté exhibiendo en realidad un síntoma de un daño más global que se le ha hecho.
La pornografía cosifica: esta crítica es un punto en común entre sus críticas feministas. En la pornografía, se considera a las mujeres objetos sexuales; los hombres que consumen pornografía aprenden a considerar de la misma manera a las mujeres  de la vida real. La pregunta es:  ¿qué clase de agravio es la cosificación? En la tradición heredada de Kant, es el agravio de tratar a las personas como si fueran menos que personas, como medios para conseguir fines y no como fines en sí mismas. Para Jacqueline Davies, la pornografía (que actualmente es tan omnipresente que para la mayoría de las personas, sostiene, constituye la forma efectiva de educación sexual) trata a las mujeres como medios y no como fines en el sentido de que predetermina cómo hay que interpretar su conducta, y de este modo las despoja en la práctica de su libertad de conducta y las constituye como grupo social carente de libertad.
Así pues, las críticas feministas cuestionan de raíz la posición liberal sobre la pornografía y el derecho de la misma a que se proteja su libertad de expresión. De hecho, cuando se puede arrancar a los liberales de su preocupación por asuntos tan áridos como si uno puede afirmar que está ofendido  hasta el punto de resultar agraviado por unos materiales que no se le imponen sino que , por el contrario, puede evitar fácilmente, y se los enfrenta con los demoledores ataques políticos contra la pornografía  realizados por antagonistas como Catharine MacKinnon, la yuxtaposición confirma en notable medida el análisis pesimista del discurso moral contemporáneo que ofrece Alasdair MacIntyre en Tras la virtud:

Desde las conclusiones de nuestro rival podemos remontarnos en la argumentación hasta las premisas de nuestro rival; pero cuando llegamos a nuestras premisas se interrumpe la discusión y la invocación de una premisa contra la otra se convierte en cuestión de simple afirmación y contraafirmación. 

Es característico de los debates contemporáneos sobre moralidad, prosigue MacIntyre, que, cuando lo rivales filosóficos dejan de tener puntos en común, se acusan mutuamente de adoptar su posición de manera irrazonable. "Al carácter interminable de la discusión pública le corresponde por lo menos la apariencia de una inquietante arbitrariedad privada". De ahí la tendencia común hoy día a recurrir al emotivismo, la doctrina según la cual "todos los juicios morales no son más que expresiones de preferencia, expresiones de actitud o sentimiento".
En un marco emotivista, los juicios sobre la pornografía son expresiones de actitud y, por lo mismo, incontestables. Así, por ejemplo, Susan Mendus presenta la relación de Andrea Dworkin con la pornografía como un asunto prefilosófico, una actitud: "Ese material es corrupto, se encuentre o no con él. Quiere que no exista.". Esto no es un juicio moral, dice Mendus: los juicios morales se basan en la razón, mientras que el de Dworkin se basa en sentimientos. Por su naturaleza, los juicios no morales no alejan  del ámbito de la filosofía moral y por lo mismo del debate según las reglas de la razón. Cita a Mary Warnock: "Lo intolerable es lo insoportable. Y podemos limitarnos a sentir, creer y concluir sin razonar que algo es insoportable y que hay que ponerle coto".
Otra forma de dominar el emotivismo al que se refiere Macintyre --la doctrina según la cual los juicios morales no tienen otra base que las actitudes emocionales, es decir, la orientación emocional del sujeto respecto al mundo-- es "perspectivismo". Como forma particular del relativismo, tal vez el perspectivismo sea más característico del discurso moral que el emotivismo puro al cual alude Warnock. El perspectivismo es patente en toda la obra de Catharine MacKinnon; de hecho, es una arraigada peculiaridad de su estilo polémico:

La liberación sexual en el sentido liberal da rienda suelta a la agresión sexual masculina en el sentido feminista. Lo que desde el punto de vista liberal parece amor y romanticismo se parece mucho, dsde el punto de vista feminista, al odio y la tortura.

Ahora bien, también es un rasgo común de la filosofía moral posliberal, con su profundo recelo hacia los principio fundamentales y en particular hacia los axiomas del liberalismo:

Lo que el liberalismo presenta como la exigencia neutral de impedir el daño a otros será percibido por quienes tienen concepciones distintas de lo que es dañino como la imposición de una moralidad que no comparten. El propio liberalismo encarna preceptos e ideales morales sustanciales, y su concepción de lo que es dañino no tiene ningún derecho manifiestamente mayor a la primacía que al de los otros puntos de vista morales.
Visto desde la perspectiva de quien quiere consumir pornografía, el principio de independencia moral dicta una política de tolerancia . Visto desde la perspectiva feminista, dicta una política de restricción. 
La renuncia a la búsqueda de principios comunes en favor del perspectivismo de los "puntos de vista" es tan notable en el debate sobre la pornografía como en otros ámbitos de la filosofía moral. En cuanto al propio discurso pornográfico, no podemos esperar de él ninguna ayuda en forma de autodefensa filosófica: el mundo pornográfico es completamente irreflexivo, tal vez, debido a que, a diferencia del erótico, en el cual la conciencia de sí mismo puede generar nuevas emociones placenteras, la pornografía no puede ganar nada con ello.


El recurso de la ley

Es posible sentir desagrado por la pornografía, encontrarla ofensiva (que no es lo mismo que sentirse ofendido  por ella), creer que dedicar mucho tiempo a ver películas pornográficas no es bueno para las personas, particularmente para los jóvenes, y sin embargo no dar el paso siguiente, a saber, llegar a la conclusión de que a causa de ello debería ser posible procesar o demandar a quienes producen, distribuyen o exhiben materiales pornográficos. Uno podría, por el contrario, conformarse con  desear melancólicamente que la pornografía ejerciera menos influencia sobre la gente, del mismo modo que podría desearlo del alcohol. Es decir, que, en la medida en que pudiera admitirse que existe un problema con la pornografía, cabría identificar como origen del problema una debilidad (no necesariamente una debilidad moral) del género humano, y no la facilidad con que se pueden conseguir ciertos tentadores materiales visuales.
Esta es más o menos la conclusión a la que llega Susan Sontag en su conocido ensayo "La imaginación pornográfica". Si bien admite que siente aversión por la pornografía y que la incomoda que sea cada vez más asequible, Sontag pone en duda que deba diferenciarse la pornografía de otros materiales que se puedan conseguir libremente y para los cuales tal vez la gente no esté "preparada psíquicamente". "La pornografía es sólo una artículo más entre los muchos productos peligrosos que se difunden en esta sociedad, y, por poco atractiva que pueda ser, es uno de los menos destructivos, el menos costoso para la comunidad desde el punto de vista del sufrimiento humano".
Lo que ha sucedido entre 1967, cuando Sontag escribió el ensayo, y el momento actual es que a) se ha producido un auge en la industria de la pornografía, b)la incidencia de la violencia contra las mujeres, criminal y doméstica, o bien ha aumentado o bien ha salido a la luz en toda su magnitud, (o ambas cosas a la vez), y c) las feministas han establecido relaciones entre a) y b). Con ello la actitud de Sontag a pasado a parecer desfasada o basada en la ignorancia de los hechos.
En los países que se basan en leyes, existe una tendencia a imaginar que los problemas sociales han de tener soluciones legales, y por lo tanto es posible utilizar los tribunales para reparar injusticias históricas y corregir desequilibrios sociales. "La idea de que la ley tiene el poder de reparar injusticias es omnipresente" --escribe Carol Smart--. "Del mismo modo que se considera la medicina curativa y no iatrogénica, se considera que la ley amplía derechos en lugar de crear injusticias". En un tono de advertencia, prosigue: "Es preciso que tengamos en cuenta que, al aplicar la ley, es posible que produzcamos efectos que empeoren las condiciones, y que al empeorar las condiciones  cometamos el error de dar por supuesto que hemos de aplicar más dosis de legislación".
La cautela de Smart refleja algunas diferencias de enfoque entre abogadas feministas británicas, como ella misma, y sus homólogas estadounidenses. La diferencia es particularmente perceptible en la manera de abordar la pornografía. Ello puede deberse en parte al hecho de que el proyecto puritano de legislar sobre los criterios morales no se ha extinguido en Estados Unidos; sin embargo, también hay motivos relacionados con la jurisprudencia. En un país en que la libertad de expresión está protegida por la Constitución (a través de la Primera Enmienda), la pornografía ha disfrutado en el pasado reciente de un inusual grado de protección --basado, según dirían algunos de sus adversarios, en argumentos sofísticos--, mientras que la definición muy limitada que se otorga al concepto de daño en la jurisprudencia de Gran Bretaña hace difícil que las feministas puedan argumentar que la pornografía causa daño. Sin embargo, incluso una comentarista tan escéptica respecto al activismo legal como Carole Pateman, que considera que el auténtico objetivo del feminismo no es destruir la pornografía sino"socavar" la representación de las mujeres que aquella ofrece, llega a la conclusión de que, dad la industria de la envergadura de la pornografía, "tal vez la ley sea un recurso necesario para las mujeres".
Vale la pena explicar con detalle lo que Smart quiere decir con medicina "iatrogénica" y ley "juridogénica". Del mismo modo que la medicina no sólo cura enfermedades sino que también crea una profesión médica y una industria farmacéutica, la ley no sólo juzga casos, sino que también crea una profesión jurídica y una industria del derecho. En particular, las leyes de censura crean una burocracia de censores y una industria de derecho paralela (departamentos legales de editoriales y estudios cinematográficos, abogados especializados en casos de libertad de expresión). En estados que se toman en serio su papel censor, los censores superan en número a los escritores (como sucedía en la antigua unión soviética) y se gasta más dinero en vigilar las artes que en promoverlas (como sucedía de manera desproporcionada en la antigua Sudáfrica).
Si bien en teoría el problema puede formularse en términos de si los pornógrafos tienen derecho o no a la libre expresión, la pregunta práctica, como sabe cualquiera que tenga experiencia con la censura, es cómo distinguir de manera equitativa lo censurable de lo permisible. Tanto el países donde las competencias ideológicas del censor han sido evidentes (como en la Unión Soviética y Sudáfrica) como en países donde las relaciones entre el poder político y la ortodoxia jurídica han tenido mediaciones más complejas (como en Estados Unidos), ni la historia de la legislación sobre la censura ni la aplicación de dicha legislación dan motivos para la confianza.


El recurso a la ley: Irigaray

En una visión general más amplia, ¿deberían las mujeres buscar reparación en el derecho, un sistema cuyos orígenes están profundamente imbricados con el patriarcado?  El recurso a la ley y a las categorías de la misma, ¿es compatible con el feminismo, entendido como empresa filosófica?
Una respuesta evidente es que las mujeres tienen derecho a favorecer sus intereses por el medio que mejor les parezca, incluidos los tribunales. Cabe esperar que, al ir haciendo frente a los problemas de las mujeres, los tribunales e incluso el derecho abandonarán una parte de su parcialidad.
Una respuesta más cautelosa es la que expresa Carol Smart: el precio de utilizar la ley para hacer valer los "criterios feministas", lo cual comporta adaptar la teoría feminista de modo que se ajuste a las rígidas pautas legales, será inevitablemente la pérdida de buena parte de la complejidad de dicha teoría. Además, la decisión puede resultar poco prudente desde el punto de vista estratégico: en cuestiones de censura, las feministas se encuentran  demasiado a menudo aliadas con la "derecha moral". Smart escribe lo siguiente acerca de Catharine MacKinnon, cuya orientación política es izquierdista y, de hecho, marxista: "En última instancia, [la suya] resulta una posición prácticamente indistinguible de la derecha moral en cuanto a su oposición antitética a la sexualidad y su confianza en modos contundentes de censura legal". Smart recuerda la paradoja de la censura enunciada por Annette Kuhn (una paradoja de la cual es bien consciente la propia MacKinnon): e cierto sentido la pornografía necesita que la censura aumente su atractivo, la convierta en el objeto prohibido y deseado, y le confiera así al condición de verdad reprimida, cuando en realidad "lo que hay que poner en cuestión... es la propia idea de que la pornografía es la verdad del sexo".
Ahora bien, el planteamiento más general del problema de la relación de las mujeres con el derecho  lo ha expuesto Luce Irigaray. Desde el punto de vista de Irigaray, parten de una posición sumamente difícil. "Las mujeres están en una situación de exclusión... El discurso del hombre, en la medida en que formula el derecho... [sabe] lo que hay que saber acerca de esa exclusión". La exclusión de las mujeres se da "en el interior de un orden al cual nada escapa: el orden del discurso (del hombre)". Es vano imaginar que, desde una parcela del discurso del hombre --por ejemplo desde el interior del sistema legal--, las mujeres pueden sustituir el poder masculino por el femenino: pese a parecer una inversión de papeles, esa " 'toma de poder' fálica" seguiría dejando a la mujer "atrapada en la economía de lo mismo". "No hay ningún modo sencillo y factible de saltar al exterior del falogocentrismo, ni ningún modo de situarse allí [en el exterior] que sea resultado del simple hecho de ser mujer". El control del discurso del hombre sólo puede tomarse por la vía del "mimetismo". Si las expresiones de la mujer no han de seguir siendo "ininteligibles según el código vigente", deben tomarse "prestadas de un modelo que deja de lado al sexo [femenino]"
Sin embargo, todo ello no significa que el derecho, como parte del discurso del imaginario masculino, tenga que seguir siendo un libro cerrado y prohibido. Por el contrario, una vez una mujer ha procedido al reconocimiento y la delimitación del "exterior" del mismo, puede situarse respecto a él como mujer, "implicada en él y al mismo tiempo superando sus límites". Sin embargo, su aplicación no puede dejar de ser ambivalente, y por lo tanto no puede tomarse con seriedad inequívoca. Habitar seriamente el imaginario masculino es comprometerse con una simple inversión del poder, recaer en la "economía de lo mismo".
Así pues, para Irigaray feminismo y jurisprudencia no son incompatibles. No obstante, una jurisprudencia feminista que no sea lúdica, que a cambio del acceso a la ley reconozca a esta el derecho a la dignidad y respete dicha dignidad, renuncia con esa concesión a su independencia. "¿Acaso la risa no es la primera forma de liberación de una opresión secular? ¿Acaso lo fálico no equivale a la seriedad del significado?" "Escapar de una pura y simple inversión de la posición masculina significa... no olvidarse de reír".


Indignación


El lenguaje del derecho, cuando trata de las emociones, es notablemente torpe. ¿Cómo nos sentimos cuando nos sentimos ofendidos?, pregunta Joel Feinberg. Su respuesta (la respuesta colectiva del derecho, deducida de años de introspección por parte de los juristas) es la siguiente: de una miscelánea de estados desagradables, que incluyen, sin limitarse a ellos, el asco, la vergüenza, el dolor y la angustia, experimentamos alguno de ellos, o los experimentamos todos; y también cierto resentimiento contra aquel a quien se culpa de ese desagrado.
el desagrado de sentirse ofendido no es necesariamente una forma de dolor. La pornografía puede causar excitación sexual; tal vez esa excitación se consienta y, hasta cierto punto, se disfrute, pero es posible que la experiencia concluya en asco y en el  impulso de repudiar lo que la haya precipitado, sea lo que sea. Esta ambivalencia --y, desde un punto de vista moral, esta hipocresía-- refleja sin duda un trastorno en niveles psíquicos más profundos. sin embargo, se trata de una evolución corriente y de una respuesta corriente.
Los matices de los estados emocionales son personales y tal vez privados; interaccionan y se combinan de manera casi química. La vergüenza es la vergüenza, el dolor es el dolor, pero la vergüenza más el dolor forman un nuevo compuesto para el cual no tenemos otro nombre que la suma de los nombres de sus elementos constitutivos. Vergüenza más dolor más resentimiento producen un compuesto aun más complejo cuyo nombre sintético tal vez incluiría  como mínimo vergüenza-de-sentir-resentimiento y resentimiento-por-setir-vergüenza, dos componentes sumamente reactivos por sí mismos.
Ahora bien, es posible poner en cuestión el mismo proyecto de definir los elementos que componen el sentimiento de ofenderse, el proyecto de llegar al fondo de la ofensa. en su explicación de las emociones morales, basado en la teoría de los sentimientos morales de Adam Smith, Edward Westermarck trata la indignación moral (ofensa, escándalo) como emoción hermana del complejo ira-venganza, y sitúa el origen de ambas en la emoción punitiva primitiva del resentimiento. Escribe lo siguiente:

Es el deseo instintivo de responder al dolor recibido inflingiendo dolor lo que confiere a la indignación moral su característica más importante... La razón por la cual se emiten juicios morales sobre seres con capacidad volitiva o sobre sus actos no es simplemente que tengan capacidad volitiva, sino que también son sensibles; y por mucho que tratemos de concentrar nuestra indignación en el acto [causante de la ofensa], [el juicio moral] obtiene su sabor peculiar del hecho de dirigirse contra un agente sensible.

Por lo tanto, hablando en términos lógicos, no puede emitirse ningún juicio moral sobre los impulsos punitivos, ya que el castigo es la base propia del juicio moral.
Al igual que la taxonomía de las emociones plasmada en el derecho occidental, la explicación de las emociones que ofrecen Smith y Westermarck es ajena a los procedimientos de la psicología psicoanalítica; en dicha medida, los dos sistemas concuerdan. Si, como asegura Westermarck, las emociones de grupo --"indignación pública y aprobación pública"-- son el prototipo de las emociones morales, entonces los sentimientos de las personas que se reúnen en grupos para denunciar o aplaudir son los elementos primigenios de los juicios morales, y sería erróneo tratar de distinguir componentes aun más primitivos (asco, vergüenza, dolor, angustia o lo que sea) en el espíritu de denuncia. tal vez tenga sentido práctico tratar la ira (indignación, escándalo, sentimiento de ofensa) como la emoción primitiva de la cual surge la acción condenatoria, y renunciar al intento de idear una base de buen gusto moral para esa ira. Dicho de otro modo, en el terreno de la psicología legal quizá tenga sentido ser tan poco introspectivo como las feministas de la escuela de Andrea Dworkin y Catharine MacKinnon, a quienes hasta ahora se ha criticado por su falta de reflexividad: para ellas, se lamenta Carol Smart, "la ira es el análisis"; si una imagen les parece "problemática y desagradable... [para ellas] esto identifica suficientemente el problema y proporciona una base para la censura".
Dudar del valor, en un contexto legal, de tratar de distinguir matices de emoción detrás del reflejo censor no es conceder una justificación ética a la ira y la acción irreflexiva que de ella se deriva. La ira es una emoción que ahoga el cuestionamiento y el cuestionamiento de uno mismo: en la propia ceguera de la ira ciega identificamos su fragilidad ética. Hay algo paradójico en la ira: al mismo tiempo que concentra las fuerzas  corporales y anula todos los controles interiores, convirtiendo el cuerpo en una fortaleza, agarrota el pensamiento, pierde movilidad, se hace vulnerable a los dardos maliciosos (la la flecha lanzada por Paris al talón de Aquiles), a la burla, a la risa. Cuando se ha contemplado fríamente la ira desde el exterior, resulta difícil situarse en el interior  de estados de ira o indignación con algún espíritu de autenticidad. Dicho esto, la ira no es necesariamente un recurso inútil, pero sólo cabe experimentarla con el  espíritu de lo que Irigaray denomina mimetismo: medio dentro del estado en cuestión, medio fuera de él. Esta es tal vez la razón por la cual el primer objetivo de la ira es causársela también a su antagonista, cegarlo.


El proyecto pornográfico

Con la mala calidad de su ejecución, su falta de imaginación creativa pero aún más de imaginación erótica y su incomprensión absoluta de los asuntos humanos en los que hurgan , los productos corrientes de la industria de la pornografía no parecen dignos de la atención que les conceden estudiosos y juristas. sin embargo, la propia calificación que implica la palabra "corriente" plata la pregunta: ¿qué hay en el ámbito de la pornografía que no sea corriente?
Existe, desde luego, algo llamado arte erótico (poesía erótica, narrativa erótica, pintura erótica, cine erótico) que pretende poner en su sitio a la pornografía comercial demostrando que el sexo puede tratarse con imaginación, inteligencia e incluso buen gusto. No obstante, lo erótico, por el mismo hecho de que recurre a la protección de la ley (reivindicando un valor estético que lo justifica) y marca de ese modo distancias con lo pornográfico, parece eludir la prueba, conformarse con ser atrevido pero en última instancia sólo chic, con ser escandaloso sin suscitar un verdadero escándalo; mientras que lo pornográfico, aunque sea zafio, conserva por lo menos cierta calidad cruda, salvaje.
La verdad es que no es en el modo erótico sino en el pornográfico como se han producido verdaderos ataques no sólo contra las normas morales e incluso contra las normas de conducta humana, sino también contra los límites de la representación, o por lo menos contra la idea de que la representación ha de tener límites. dichos ataques no tienen nada de admirable: de hecho, debido a la posición extramoral desde la que se lanzan, "admirable" es un elogio que están obligados a rechazar. Sin embargo, Susan Sontag tiene razón --pese a los excesos de su lenguaje-- cuando señala la importancia de escritores pornográficos como Sade, Lautréamont y Bataille y de la actitud hostil o escarnecedora con que se enfrentan al ideal racional de integrar sexo y ponerlo al servicio del disfrute personal. En la obra de esos autores, dice Sontag, lo obsceno se convierte en "una noción primordial de la conciencia humana", y la sexualidad se afirma como "algo más allá del bien y del mal, más allá del amor, más allá de la cordura... una de las fuerzas demoníacas de la conciencia humana" que empuja a las personas hacia deseos "prohibidos y peligrosos" que abarcan desde "el impulso de ejercer de repente la violencia arbitraria" hasta un anhelo voluptuoso de la propia muerte.
Así pues, Sontag considera que los grandes pornógrafos restablecen la verdad demoníaca  del deseo que la condición civilizada tiende a ocultar. sin embargo, comete un error --un error aún más extraño por el hecho de producirse en un ensayo titulado "La imaginación pornográfica"-- al fundir las ambiciones de la pornografía con las ambiciones del propio deseo sexual. Una cosa es reconocer lo demoníaco, y otra representarlo en la práctica. Hay un sentido profundo en el que Jane Austen  considera el sexo tan demoníaco como Sade. Lo considera demoníaco y por lo tanto lo excluye. Lo que sin lugar a dudas no comparte con Sade es cualquier fe en la capacidad de los rituales dela escritura, en la representación de las agitaciones del deseo demoníaco, para derribar los límites del yo. Esta ambición del todo metafísica, vinculada a la ambición de superar el yo por la vía del exceso sexual --pero de la cual hay que distinguirla--, es lo que anima la pornografía frenéticamente repetitiva de Sade, de quien Bataille escribe: "Tuvo la desgracia de vivir [ese] sueño cuya obsesión es el alma de la filosofía, [a saber,] la unidad de sujeto y objeto. La identidad es la superación de las limitaciones de los seres, del objeto de deseo y del sujeto que desea".
La pornografía es una forma de guerra: resulta absurdo imaginar a Sade apelando a la ley en busca de protección contra los tabúes sobre la exhibición de obscenidades. Desde la perspectiva de un proyecto tan luciferino (o satánico) como el de Sade, es así mismo absurdo pensar en  el tabú como un mecanismo tramposo utilizado por la pornografía para hacerse deseable o, en palabras de MacKinnon, "sexy". En los dos sentidos de la expresión, Sade está al otro lado del tabú. De este modo, resulta imaginable un alineamiento de fuerzas que situaría a la filosofía en el tocador de Sade, incluido un feminismo sadiano, a un lado --el lado fuera de la ley-- del tribunal sobre la pornografía, y al patriarcado ancestral y el feminismo normativo en el otro, en el lado de la ley. Dicho alineamiento reflejaría --paradójicamente-- la posición de las feministas que advierten contra una prohibición de la pornografía. "Feministas y partidarios de la Mayoría Moral* --escribe Linda Williams--, deberían mirar más allá de la violencia contra las mujeres presente en la pornografía y ver la diversidad  de prácticas sexuales que representa en la misma, una diversidad que 'contribuye a la derrota del deseo original de la economía fálica de fijar la identidad sexual de la mujer como un reflejo de su propio deseo', es decir, de definir a la mujer como objeto del deseo masculino. Con la multiplicación de... prácticas [sexuales] diversas, [la pornografía] socava su objetivo original de fijar y representar la verdad narrativa lineal y visible del placer sexual femenino".
La que aquí se aprueba es una pornografía sadiana y por lo tanto perversa que se opone a la "economía fálica". Si bien acepta una concepción simplista del deseo masculino, entendido como un deseo que conoce su objeto (no reflexiona, por ejemplo, sobre la concepción más hegeliana de un deseo que deseo el deseo del otro), por lo menos Williams advierte contra una forma de censura que considera su tarea aislar, juzgar y clasificar las escenas de la obra pornográfica, dejando de lado por irrelevantes su diversidad y sus yuxtaposiciones formales; dicho de otro modo, obviando la obra como conjunto.

*Mayoría Moral: organización cristiana estadounidense de carácter ultraconservador. (N. del T.)


Pornografía y publicidad

En las canciones, la narrativa y las películas populares de los últimos treinta o cuarenta años, el sexo se ha ido volviendo cada vez más explícito; en la publicidad, la sexualización de las imágenes se ha ido haciendo cada vez más ostensible. estos fenómenos culturales y el crecimiento de la industria de la pornografía están sin duda relacionados. La pregunta es: ¿cómo debería expresarse dicha relación? ¿Hay que entender la sexualización del entorno y la extensión de la pornografía como manifestaciones de una única y amplia corriente histórica, o bien la pornografía es el arte pionero y el resto de artes se han contagiado del virus pornográfico?
a esta pregunta --que en esencia es una pregunta sobre el significado social de la pornografía-- las feministas responden de manera muy diversa. Carol Smart, por ejemplo, considera que la publicidad, las telenovelas y la narrativa romántica tienen mucha más influencia que la pornografía en la fijación y transmisión de las representaciones de las mujeres. por el contrario, Rosalind Coward considera la pornografía como una fuerza que todo lo invade: "Me parece que la imagen actualmente [1984] domina las revistas para mujeres proviene directamente de la pornografía". Para Coward, es sobre todo la pornografía la que ha creado el régimen y los códigos en cuyo marco se interpretan las imágenes de las mujeres, y por lo tanto sus cuerpos. Este modo de mirar a las mujeres tuvo su origen en la mirada apropiadora y dominante del hombre, particularmente del flâneur urbano, pero en la actualidad es la cámara la que enseña a los hombres, así como a otras mujeres, el modo de ver a la mujer.
Este último análisis, que en un sentido más amplio hace de la pornografía una especie de terreno de pruebas para técnicas de sexualización y cosificación que luego se explotan en los medios de comunicación populares, en particular en la publicidad, y desde ellos se inculcan gradualmente tanto en la vida social como en la privada, lleva de modo natural a la conclusión de que, para las feministas, la pornografía ha de ser el primer objetivo que atacar.
Un análisis alternativo más cauteloso, que atribuye un papel menos destacado a la pornografía, consideraría la pornografía visual y la publicidad visual expresiones de fuerzas comerciales tan interesadas en definir, fomentar, convertir en mercancía, empaquetar y vender el propio deseo como en propagar nuevos modelos --o reforzar los antiguos-- de cómo desear (a través de los ojos, por ejemplo) o vender imágenes. En el negocio del deseo, donde el fotógrafo de moda y el pornógrafo se mueven en los mismos círculos y de hecho pueden ser la misma persona, la publicidad puede incluso llevarle la delantera a la pornografía, no sólo porque en ella hay más dinero de por medio, sino también porque posee un programa teórico más coherente. La publicidad no se dedica más que a prometer, mientras que en cierto sentido la pornografía se encarga de hacer lo que en realidad no puede hacer ninguna representación: dar. El anuncio publicitario permanece por completo en el seno de la constitución del signo: es algo que representa otra cosa; en cambio, al ofrecerse como la cosa misma, la pornografía viola su propia constitución. De ahí su frenesí característico y quizá también su creciente violencia, que hay que interpretar como la violencia de la frustración también en el uso del tabú la publicidad es más astuta que la pornografía. Sabedora de que o puede dar, señala el tabú: si no fuera por eso, dice, podría enseñarte lo que quieres; por el momento tendrás que conformarte con menos, sólo con un atisbo. La pornografía, por el contrario, primero viola el tabú y luego, por su propia supervivencia, tiene que resuscitarlo en otra parte.
Como comenta Roland Barthes, el atisbo tiene más carga erótica que el objeto al desnudo. La naturaleza del deseo es la promesa, no la entrega. La publicidad emplea el deseo de un modo que no lo hace la pornografía (la pornografía derrocha el deseo). En este sentido, la publicidad resulta central para el negocio del deseo, y la pornografía, periférica.

[Tomado de Contra la censura. Ensayos sobre la pasión por silenciar, DEBATE, México, 2007]

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